ART

Seguro de ART

La ley de Riesgos de trabajo N 24557 entro en vigencia en el año 1996. Comprende a todos los trabajadores en Relación de dependencia, y es obligatorio para los Empleadores.

Objetivos de ART

  • Reducir los costos laborales y aumentar el empleo.
  • Reducir la siniestralidad a través de la prevención.
  • Reparar los daños provenientes de accidentes laborales y enfermedades profesionales.
  • Rehabilitar, recalificar y recolocar al individuo en el ámbito laboral

Ventajas para el empleador

A través de la contratación en una buena Compañía de ART, la empresa puede, reducir costos y mejorar la administración a través de los sitios on line, ya que permiten realizar denuncias de accidentes, seguimientos de los trabajadores accidentados, consultar los prestadores mas cercanos, obtener certificado de Cobertura, desde cualquier lugar y por Internet.

Cubre:

  • Accidentes en ocasión del trabajo o initínere.
  • Enfermedades profesionales incluidas en listado.

¿Quienes deben tener ART?

  • Funcionarios y empleados del sector público nacional, de las provincias y sus municipios, y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
  • Los trabajadores en relación de dependencia del sector privado
    Las personas obligadas a prestar un servicio de carga pública
  • Pasantes, aprendices y becarios

Costos

Se determinan para cada empresa en función al tipo de actividad desarrollada por la empresa y al nivel de la misma.

Fondo para Fines Específicos

Mediante decreto 590/97, se crea este Fondo, con el objeto de completar el sistema de prestaciones otorgadas mediante la Ley 24.557. Dicho fondo deberá ser administrado por las A.R.T. y su destino será el de cubrir las hipoacusias detectadas. El empleador deberá aportar mensualmente $0,60 por cada dependiente.

Afiliaciones y Traspasos (mínimo de permanencia)

  • Afiliaciones. Seis meses (la Empresa es nueva y se afilia por primera vez)
  • Traspasos: un año (1)

Pago de Cuota

La cuota debe ser declarada y abonada con los aportes y contribuciones en función de la nómina salarial del mes anterior. A través del Formulario 931.